Limpiar filtros

Doctrina

Inicio / últimos artículos ingresados

mayo  2, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen de la Doctrina Volver >

Principales Regulaciones Cambiarias

Régimen cambiario aplicable a las inversiones en el exterior y obligaciones de liquidación de divisas

Por Martin Lepiane y Jimena Vega Olmos

"El presente es el segundo artículo de una serie de tres en las cuales describimos las principales regulaciones cambiarias vigentes. En la actualidad, los movimientos de fondos desde y hacia el exterior se hallan profusamente regulados por las normas cambiarias, emitidas tanto por el Poder Ejecutivo como por el Banco Central de la República Argentina. Esto afecta de forma directa a las inversiones que los residentes del país pueden realizar en el exterior y a su repatriación. Resulta, entonces, de suma importancia conocer las normas que afectan a toda persona física o jurídica que desee realizar una inversión en el exterior o transferir fondos por cualquier motivo. Asimismo, existen normas que obligan a los residentes locales a transferir al mercado local los cobros en moneda extranjera derivados de ciertas operaciones. Cabe destacar que el concepto de "residente" y "no residente", a los fines cambiarios, difiere de la conceptualización propia de otras ramas del Derecho, como el Migratorio o el Tributario. A los efectos de las definiciones en materia cambiaria cobra relevancia lo previsto en el Manual de Balance de Pagos, Sexta Edición, del Fondo Monetario Internacional. Conforme dicho Manual, se entiende por "residente" de un país a toda persona física o jurídica cuyo centro de interés económico o actividad principal se encuentra dentro de la frontera de ese país. Internacionalmente se acepta que una persona física se presume residente de un país, si permanece o tiene intención de permanecer en el país por un año o más. En el caso de las personas jurídicas, la residencia se considera dada cuando éstas producen una cantidad significativa de bienes o prestan una cantidad significativa de servicios en el país, para lo cual deberán mantener un establecimiento productivo durante un año o más. En esta entrega nos concentraremos, pues, en el régimen cambiario aplicable a las inversiones que residentes argentinos lleven a cabo en el exterior y a los casos en los cuales resulta obligatoria la liquidación de divisas en el mercado local."

Copyright 2018 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en esta doctrina: exterior, cambiarias, residente, principales, regulaciones, inversiones, residentes.

SUSCRIBITE PARA VER LA DOCTRINA COMPLETA

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE